Publicado oficialmente por la Unión Europea el 4 de mayo de 2016 y posteriormente  modificado el 25 de mayo de 2018, la RGPD recopila un texto que cuenta con 173 considerandos y 99 artículos.

En el ámbito que nos atañe, la regulación de las copias de seguridad o LOPD varía según el nivel de datos a proteger. Es decir no es lo mismo proteger tu nombre y apellidos que proteger tus datos sanitarios.

Las copias de seguridad afectan a una recomendación de cara a una responsabilidad que toda empresa debería asumir. Nadie está exento de riesgo ante robos, virus o algo más cercano como puede ser que al compañero de al lado se le caiga un vaso de agua en tu ordenador. La información que manejas es muy delicada, por eso un backup es la mejor solución si quieres que toda esa información valiosa no se pierda.

Dividiremos esta información en datos básicos y datos de alto nivel.

Datos básicos:

Son los datos que recopilan información referente a nombres, teléfonos direcciones de correos, es decir, los datos que permitan identificar a una persona o sus datos bancarios.

El primer requisito exigido para este tipo de información de acuerdo con la ley de protección de datos es la periodicidad en la relación de la copia, la cual deberá ser semanal si hubiera habido modificaciones.

El segundo requisito será cumplir la garantía de que los datos podrán ser recuperados ante un desastre.Si estas realizando pruebas para implementar o hacer modificaciones en tu sistema de seguridad, deberás hacer también una copia de seguridad.

Datos de alto nivel:

Aquí entra en juego toda la información que trate datos de salud. En este caso, es obligatorio disponer de un sitio distinto a aquel en el que estén los equipos informáticos que tienen dichos datos. Por tanto si tratas con este tipo de información estas obligado a disponer de un sistema de backup externo a tu oficina.

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